Se aprueba la Ley en Cámara de Diputados

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En una larga jornada, el 10 de marzo de 2021, la Cámara de Diputados discutió el dictamen que expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis (el “Dictamen de Ley”).

Durante la sesión, los Diputados aprobaron, en lo general, el Dictamen de Ley por 316 votos a favor, 129 en contra y 23 abstenciones. Con dicha aprobación, también se reformaron y adicionaron algunos artículos de la Ley General de Salud y el Código Penal Federal, a saber, por mencionar algunos:

  • Por primera vez, dentro de los diversos dictámenes y proyectos de ley, se reservó el uso medicinal, paliativo, farmacéutico y cosmético, así como el uso científico para dichos fines a la Ley General de Salud y demás normatividad aplicable, incluyendo el Reglamento en materia de control sanitario para producción, investigación y uso medicinal de la Cannabis y sus derivados farmacológicos. Con esto se logra evitar confusión sobre qué instrumento normativo regula los diversos usos de la planta.

 

  • Se eliminó la figura del Instituto Mexicano del Cannabis y se le otorgaron facultades a la Comisión Nacional contra las Adicciones (CONADIC) y demás autoridades competentes en el ámbito de sus competencias.

 

  • El Dictamen de Ley amplía el número de plantas que puede poseer una persona a seis y a ocho por vivienda o casa habitación, independientemente del número de personas mayores de dieciocho años que la habiten.

 

  • Se aumenta el límite de gramaje para posesión personal de hasta veintiocho gramos de cannabis, estableciendo sanciones administrativas a quienes posean una cantidad mayor, pero debajo de los doscientos gramos. No obstante, persiste la pena de prisión para aquellas personas que, sin autorización, posean más de los doscientos gramos mencionados anteriormente.

 

  • Los ejidatarios, comuneros, campesinos, comunidades indígenas, a título personal o a través de empresas o cooperativas, tendrán preferencia a las solicitudes de licencia por un máximo de tres años a partir del inicio de expedición de licencias, contrario a los porcentajes asegurados de licencias que se establecían en proyectos anteriores.

 

  • Entre muchas otras facultades, se le reserva a la CONADIC determinar reglas de carácter general, limitaciones o prohibiciones, totales o parciales, a la adquisición, posesión y consumo de cannabis psicoactivo por personas mayores de 18 años y menores de 25.

 

  • La venta de comestibles que contengan cannabis psicoactivo quedará prohibida hasta en tanto la Secretaría de Salud disponga de estudios científicos sobre su efecto en los seres humanos.

Dentro de las reservas que fueron discutidas destacaron las siguientes:

  • Se especificó más sobre el término de “consumo problemático” y se le otorgaron facultades a la CONADIC para establecer campañas en la materia.
  • Se le dio mayor autonomía a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural frente a las licencias relativas al aprovechamiento industrial del cáñamo.
  • Se prohíbe la reconversión de terrenos con vocación forestal a la producción del Cannabis.
  • Se modificaron las penas por la posesión de Cannabis arriba de los doscientos gramos.

Después de más de quince horas de sesión, la Cámara de Diputados remitió a la Cámara de Senadores, mediante Oficio No. DGPL 64-II-8-5479, el expediente 9843/4ª con la Minuta Proyecto de decreto. Frente a dicha remisión, se espera que la Cámara de Senadores someta a votación dicha minuta antes de que termine el presente periodo legislativo.

Luis es uno de los primeros abogados corporativos mexicanos especializados en la industria del cannabis. Egresó del Tecnológico de Monterrey, obtuvo maestría en leyes por Northwestern University School of Law y post-grado en administración por Kellogg School of Management. Es socio fundador del despacho CAAM Legal y es el representante en México para Hoban Law Group, donde además encabeza el grupo de práctica global.